A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Sociedad Gonzur Ltda·Demandado Municipio De Bucaramanga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias relacionadas con un contrato estatal
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Santander y el Juzgado 2° Civil del Circuito de Bucaramanga.
La controversia es causada por demanda de reparación directa instaurada por la sociedad Gonzur Ltda., en contra del municipio de Bucaramanga, con la cual pretende que se declare que le corresponde el dominio pleno y absoluto de unos lotes de terreno identificados y se condene al municipio a restituir a su favor los predios citados en escrito de demanda, y de forma subsidiaria a la pretensión anterior, se condene al ente territorial demandado al pago de la indemnización por concepto de daños ocasionados, en el marco de un Programa de Urbanización de Terrenos para el Desarrollo de vivienda de interés social.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que en virtud de que la demandante pretende hacer valer la condicifón resolutoria de un acuerdo de voluntades que fue elevado en una escritura pública suscrita por una entidad pública, se tiene que el documento es un contrato de naturaleza estatal, por lo que decide que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer del medio de control de reparación directa, cuando se solicita la reparación de un daño antijurídico causado en el marco de un contrato estatal y por la ocupación temporal o permanente de inmueble por causa imputable a una entidad pública.
Lo anterior, en virtud de los artículos 104 y 140 del CPACA.
Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Tribunal Administrativo del Santander para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 2° Civil del Circuito de Bucaramanga.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Santander y el Juzgado 2° Civil del Circuito de Bucaramanga, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Tribunal Administrativo del Santander el conocimiento de la acción popular promovida.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4516 al Tribunal Administrativo del Santander para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 2° Civil del Circuito de Bucaramanga.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.